martes, 21 de agosto de 2012

Condenando los agroquimicos

En Argentina acaba de darse un juicio historico condenando a un Productor y al piloto encargado de fumigar con agro-químicos (endusolfán y glifosato) un campo en las cercanias del barrio Ituzaingó (Córdoba) . En el proceso se ventilaron las denuncias por 200 casos de cáncer, cien de ellos fatales. El fallo reconoce por primera vez en Argentina que los derechos de la gente a la salud y a un ambiente sano están por encima de los agronegocios. Medardo Ávila Vázquez, el abogado querellante aseguró que tenia fé en que este juicio saliera favorable su expectativa se sostenia porque: "la Justicia argentina goza de respeto en el mundo, porque es la única que juzgó a los propios genocidias sin necesidad de recurrir a tribunales internacionales". 
Por su parte el fiscal Novillo Corbalán reclamó que se inste a que "se adelante la entrada en vigencia de la Resolución N° 511, del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), que prohíbe a partir de octubre de 2013 el uso de endusolfán" en las fumigaciones con fines agropecuarios.


Ojala sigan el ejemplo otros paises en America Latina y tengamos una legislación ambiental mas estricta.

Reproduzco aqui la nota de hoy en Pagina/12:

Con glifosato, no

La Cámara del Crimen de Córdoba, luego de más de nueve horas de deliberaciones, impuso tres años de prisión condicional al productor Francisco Parra y al piloto Edgardo Jorge Pancello, en tanto absolvió a Jorge Alberto Gabrielli, el otro agricultor imputado en la causa.

El exsecretario de Salud municipal, Merdardo Ávila Vázquez, uno de los querellantes de la causa, calificó como "histórico" el fallo, a pesar de que las condenas son de cumplimiento condicional: "Quedó clarísimo que es un delito. Podría haber sido un poco más, puede que la gente no se sienta respondida por esto, pero hemos dado un paso muy grande".
Por su parte, el fiscal Marcelo Novillo Corvalán, quien durante su alegato, el pasado 7 de agosto, pidió la pena de cuatro años de prisión efectiva para Parra, por considerarlo coautor del delito de contaminación ambiental (por un hecho ocurrido entre octubre de 2003 y febrero de 2004) e instigador del mismo delito (por un hecho sucedido en 2008), en concurso real, y había solicitado la misma pena para Pancello, por considerarlo presunto autor de la "contaminación ambiental constatada en 2008 cuando fumigaba un campo de Parra", opinó que la sentencia "sienta un precedente para la causa madre, y para las causas que están paralizadas".
"Ituzaingó Anexo es un barrio contaminado, enfermo, en terapia intensiva, que sufrió una agresión reiterada por fumigaciones de productos prohibidos y efectuadas a una distancia de un núcleo poblacional que no eran permitidas por ordenanzas vigentes en la ciudad de Córdoba", había alertado Novillo Corbalán. Asimismo, había pedido que se aconsejara "la prohibición de fumigaciones terrestres a menos de 1000 metros de distancia de centros poblacionales, de escuelas o de pozos de agua”.
Los abogados defensores de los tres acusados habían solicitado la absolución de los cargos. Según la causa elevada a juicio, Gabrielli y Parra son los dueños de los campos de soja y habían contratado a Pancello para fumigar los sembradíos con glifosato y endosulfán, sustancias peligrosas para la vida humana.
La primeras denuncias se remontan al año 2002, cuando un grupo de mujeres del barrio Ituzaingó Anexo denunció que había numerosos casos de cáncer en esa zona. En 2008, el entonces subsecretario de Salud de Córdoba, Medardo Avila Vásquez, denunció a los productores por considerar que fumigaban al lado del barrio, a pesar de que la ley 9164 de agroquímicos prohíbe la aplicación aérea de determinados productos usados en las plantaciones en un radio menor a los 1500 metros (en el caso del endosulfán) y a los 500 metros (en el del glifosato) de distancia de la población urbana.

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